La propiedad intelectual y su prueba

letrero que dice: propiedad intelectual

Asumiendo que se tiene claro que la propiedad intelectual son los derechos que la ley otorga a una persona sobre las obras del ingenio por ella creadas, y que los derechos de autor son tan solo una parte de la propiedad intelectual, podemos seguir.

Algo sobre contratos:
Si estás hablando con un amigo y os ponéis de acuerdo para venderle tu coche (la bicicleta, un caballo o lo que sea), aceptando él las condiciones, en ese momento queda perfeccionado el contrato de compraventa. La materialización se realizará posteriormente, con la entrega por tu parte de la cosa vendida y el correspondiente pago por parte del otro.

Por milenios eso fue así; aunque, desde hace algunos siglos para acá, se haga necesaria la formalidad del contrato escrito para efectos de la demostración del hecho y, adicionalmente, su registro para que sea del conocimiento público. Porque una cosa es el contrato; otra, su demostración o prueba.

Tal es la importancia de las llamadas conversaciones previas, que anteceden al cierre y perfeccionamiento de un contrato que, luego, si a la hora de plasmarlo por escrito se contradice en algo la intención que una de las partes tuvo, podría llegar a invalidarlo y anularlo.

Con respecto a la propiedad intelectual, una persona tiene todo el derecho a que se le reconozca la autoría de una obra nacida de su ingenio, desde el momento mismo en que la ha creado. Un detalle importante es que, como los pensamientos no pueden ser demostrados, por ahora, de nada sirve cuándo fue que pensaste en esa obra, por lo que el momento de la “creación” se comienza a contar desde que esa obra ha quedado plasmada físicamente sobre algún tipo de soporte: papel, fotografía, vídeo, DVD, madera, maqueta, un lienzo…

El punto más álgido e importante de la propiedad intelectual es el poder demostrar, de forma fehaciente, dos cosas: que tú eres el autor, y la fecha en que creaste la obra. Que tú eres el autor podría ser demostrado por tu caligrafía, tu firma, que sales en la foto, tus huellas digitales, que  tienes en tu poder el original, los negativos, qué se yo.

La fecha de la creación es importantísima, porque será determinante para demostrar que fuiste tú quien creó esa obra, antes que cualquier otra persona que venga a presentar una igual. Más de un inventor se ha quedado con un palmo de narices. Esa fecha de creación determinará quien es el autor y propietario intelectual, y quien es el plagiario. ¿Cómo demostrar de manera fehaciente y pública la fecha de creación?

Lo común y más eficiente es el realizar el registro de esa obra del ingenio humano en el respectivo Registro de la Propiedad Intelectual, que cada país tiene. Por supuesto, tiene un costo. También podrías ir a un notario para que de fe pública del día en que estás presentando ese documento; pero suele ser bastante más caro que el registro anterior. ¿Qué otras alternativas hay?

Un organismo cuyas acciones tienen acto de fe pública, y validez legal dentro de ciertos límites, es el servicio de correo postal oficial de un estado. De hecho, el envío de una carta certificada da fe suficiente, a todos los efectos jurídicos, de que algo (dentro de un sobre o un paquete) fue enviado por la persona B a la persona C… y entregado. Máxime si, además, ha sido con acuse de recibo. El caso es que, por este medio, no puede ser demostrado el contenido. Para subsanar esto, en España se cuenta con la figura del Burofax, que sí da fe del contenido.  En el sitio Web de Correos de España, explican este servicio de la siguiente forma:

Burofax: Utiliza este servicio para enviar de manera urgente documentos relevantes que puedan requerir una prueba frente a terceros. En envío, que tiene plena validez legal, lo puedes realizar desde tu propio ordenador a través de Correos Online, o bien acudiendo a cualquiera de nuestras oficinas. Este producto lo puedes complementar con acuse de recibo y copia certificada, que te proporciona una copia del contenido del Burofax enviado.

En USA, muchos autores utilizan el servicio de correo postal para dar fe de la fecha en que crearon algo. Es sencillo: no tienes más que meter dentro de un sobre una copia del documento cuya autoría quieres demostrar (tu cuento, novela, partitura musical, fotografía, etc.), y enviártelo a ti mismo por correo (hasta un correo sencillo es válido). Cuando lo recibas, el sobré tendrá el matasellos con la fecha de la oficina de correo, que es la fecha que dará fe de la fecha que a ti te interesa. Eso sí, “no lo vayas a abrir” porque perderá el valor. Ese sobre sin abrir es tu comprobante a la hora de presentarlo a juicio en un litigio de propiedad intelectual. Al menos en USA funciona, o funcionaba, que ya no se´.

Hay otra alternativa electrónica, si quieres hacer del conocimiento público tu obra y, además, dejar constancia de que eres el autor y la fecha de la creación, que es subir tu obra al Internet Archive,  por vía de Internet. Funciona como una especie de registro internacional para todo tipo de obras. Una de las ventajas de tener tus obras en este sitio, es que quien desee leerla tiene amplias opciones, bien sea de leerla online (con un interesante efecto de libro) desde su ordenador, o descargársela. Además lleva un conteo de las veces que ha sido leía o descargada. Los formatos son:
PDF
EPUB
Kindle
Daisy
Full Text
DjVu
Bueno, ahora no digas que no lo sabías.

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